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Circulación de los trenes Talgo a 200 km/h en Francia

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Introducción

Los Talgo 6 están homologados para la circulación a la velocidad de 200 km/h en Francia desde el mes de Mayo de 1990 (de hecho, la homologación concierne a los materiales Talgo equipados con anti-blocaje Faiveley AEF 83 P, lo que corresponde a los Talgo 6). Sin embargo, esta medida no ha sido llevada adelante si no a partir del 23/05/1993, en los trenes 477 y 474 "Joan Miró".

Las reglas que desde entonces han venido rigiendo la circulación de los Talgos a 200 km/h en Francia se exponen a continuación.

Normativa vigente desde diciembre de 2002

Desde diciembre de 2002, las siguientes condiciones rigen la circulación de los Talgos a 200 km/h en Francia :

  • locomotora de remolque apta para la velocidad máxima de 200 km/h, con los siguientes sistemas en estado de funcionar :
    • freno reostático de urgencia (FRH URG) para las locomotoras equipadas,
    • control de velocidad por balizas (KVB),
    • mando del freno electroneumático (FEP) ;
  • tren exclusivamente compuesto de vehículos homologados para 200 km/h (Talgo 6) ;
  • composición mínima de 14 vehículos ;
  • freno continuo en régimen de viajeros en servicio en la totalidad de los vehículos de la rama ;
  • freno electroneumático (FEP) en servicio sobre la totalidad de los vehículos de la rama (al efecto, la Tubería de Presión (TP - 10 kg/cm²), normalmente alimentada por el furgón generador TG6 o TG6z, debe ser alimentada por la locomotora, y el conector de Freno Electroneumático (FEP) debe estar enchufado).

Cuando se respetan estas condiciones, en el boletín de tracción y frenado (en SNCF, " bulletin de composition") se anota la mención "autorizado a circular a la velocidad de los V200".

Comentario
Esta nueva normativa convierte los Talgo 6 en un material tipo V200 corriente :

  • al eliminar las restricciones geográficas a su circulación a la velocidad de los V200, y a más de 160 km/h en los tramos en que los V200 están autorizados a ello,
  • al no imponer una lista limitativa de trenes realizados con material Talgo 6 autorizados a la velocidad de los V200.

Normativa vigente entre mayo de 1993 y diciembre de 2002

Entre el 23/05/1993 y diciembre de 2002, la circulación de los Talgos a 200 km/h en Francia estuvo regida por las condiciones reglamentarias siguientes :

  • trenes autorizados : 477 y 474 "Joan Miró",
  • locomotora de remolque apta para la velocidad máxima de 200 km/h,
  • tren exclusivamente compuesto de vehículos homologados para 200 km/h (Talgo 6),
  • composición mínima de 14 vehículos,
  • freno continuo en régimen de viajeros en servicio en la totalidad de los vehículos de la rama,
  • freno electroneumático (FEP) en servicio sobre la totalidad de los vehículos de la rama (al efecto, la Tubería de Presión, normalmente alimentada por el furgón generador TG6 o TG6z, debe ser alimentada por la locomotora, y el conector de Freno Electroneumático (FEP) debe estar enchufado),
  • freno reostático de emergencia (FRH URG) de la locomotora de remolque en servicio.

Cuando se respetan estas condiciones, en el boletín de tracción y frenado (en SNCF, " bulletin de composition") se anota la mención "autorizado a circular a la velocidad de los V200 entre Guillerval y Vierzon" (o "entre Vierzon y Guillerval" para el tren 474).

Comentario
Esta normativa da cierto carácter excepcional a la circulación a 200 km/h de los Talgo 6, imponiendo tres restricciones importantes :

  • autorización otorgada no para un tipo de material, sino para un solo tren (el "Joan Miró"),
  • circulación a la velocidad de los V200 restringida al tramo Guillerval / Vierzon ; en el resto del trayecto, el "Joan Miró" circula a la velocidad de los V160 (lo cual no implica en este caso ninguna diferencia en cuanto a velocidades máximas y horario),
  • circulación a 200 km/h restringida al tramo Guillerval / Vierzon ; en caso de recorrer otro tramo autorizado a 200 km/h (en caso de ser desviado por Burdeos por ejemplo), el "Joan Miró" debe circular a la velocidad de los V160.

 

Última puesta al día : 02.09.2004

© Christian Torrego, 2001-2003 / Traducción Mario Alejandro Fernández Ocaña, julio de 2001